Los primeros camiones ya salen rumbo a Europa tras la publicación de las nuevas normas.La entrada en vigor del Reglamento 2026/1073 elimina severas restricciones y permite reanudar las exportaciones hacia socios clave como Francia e Italia, devolviendo parte del optimismo al sector ganadero.
Madrid, 5 de junio de 2026. – Excelente noticia para el sector del vacuno español. Tras meses de complejas restricciones comerciales debido a las medidas de contención de la Dermatosis Nodular Contagiosa (DNC), el mercado exterior ha comenzado a reactivarse de forma inmediata. Hoy mismo ya se ha registrado la salida de los primeros camiones cargados de ganado bovino desde la zona de vacunación I con destino a otros Estados miembros de la Unión Europea, marcando el inicio de una esperada recuperación económica para las ganaderías.
Este impulso definitivo llega gracias a la entrada en vigor del Reglamento Delegado (UE) 2026/1073, que flexibiliza las condiciones de movimiento de animales vacunados y elimina trabas burocráticas que mantenían paralizadas las ventas al exterior tal y como había exigido Asoprovac desde hace meses y con la colaboración del MAPA y las CCAA directamente afectadas.
Luz verde al destino directo a sacrificio en la UE
Uno de los cambios más esperados por el sector es la eliminación total de la prohibición de movimiento de vacunos procedentes de zonas de vacunación con destino directo a mataderos de otros países de la UE. Esta medida reabre de forma inmediata las fronteras de mercados estratégicos tan importantes como Francia e Italia, hacia donde hasta ayer mismo estaba completamente prohibido enviar animales.
Además, el nuevo reglamento alivia de forma significativa los requisitos para los productores de la Zona de Vacunación I. A partir de ahora, para enviar animales a una zona libre, ya no es necesario que todo el censo de la granja esté vacunado, sino que este requisito de más de 28 días de inmunización se aplicará única y exclusivamente a los animales que vayan a ser transportados. Esto reduce drásticamente los costes y los tiempos de espera para los ganaderos.
Requisitos claros y garantizados para la exportación
El nuevo marco normativo establece unas condiciones claras y seguras para garantizar la sanidad animal, permitiendo al mismo tiempo la fluidez del comercio:
- Desde la zona de Vacunación I: Los movimientos se reactivan con agilidad exigiendo un examen clínico favorable de los animales de la explotación y que los bovinos del lote cumplan con los 28 días de vacunación previa (o cuenten con inmunidad maternal activa).
- Desde la Zona de Vacunación II: Al considerarse una zona de mayor riesgo, se mantienen medidas más conservadoras para garantizar la seguridad. Los animales deberán haber permanecido 28 días en el establecimiento de origen, contar con la vacunación de todo el censo de la granja, examen clínico favorable y la autorización expresa del Estado miembro de destino.
El sector recibe este cambio regulatorio con un profundo alivio y espera que en breve se puedan reactivar otros mercados exteriores tal y como se está solicitando por parte de ASOPROVAC para tratar de aliviar la situación de mercado.
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